Nueva información obligatoria sobre alérgenos e intolerancias alimentarias según nueva normativa europea.
Desde el pasado 13 de diciembre de 2014 ha entrado en vigor la nueva normativa sobre información al consumidor, donde se imponen nuevas obligaciones de aplicación a los operadores de empresas alimentarias en todas las fases de la cadena alimentaria incluidas aquellas que preparan alimentos para su consumo final, como por ejemplo restaurantes, bares, comedores, centros de enseñanza, hospitales…
Según el Reglamento (UE) nº 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, que ha sido trasladado a la normativa española a través del RD 126/2015, se deberá informar en relación con la presencia de sustancias que pueden provocar alergias o intolerancias alimentarias incluso en alimentos que se presentan no envasados, o se envasan en el punto de venta para su venta inmediata o a petición del comprador. En su anexo II se relacionan un grupo de 14 categorías entre las que se incluyen ingredientes como la leche, los huevos, el pescado, los cereales con gluten, los moluscos, los crustáceos, etc, y sus subproductos.
Esta información debe ser fácilmente visible, claramente legible y, en su caso, indeleble.
El equipo profesional de Asnutri dispone de la experiencia y herramientas adecuadas para facilitar a su empresa el cumplimiento de las nuevas obligaciones.
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